AUTOCONTROL
Por disposición normativa, contenida en la Ley 87 de 1993, todas las instituciones públicas deberán contar con una Oficina de Control Interno cuyo propósito está enfocado en cinco ejes fundamentales:
- Valoración de Riesgos
- Acompañamiento y Asesoría
- Evaluación y Seguimiento
- Fomento a la Cultura del Autocontrol
- Relaciones con entes externos
En ese orden de ideas y como corresponde al cuarto eje, la Oficina de Control Interno o quien hace sus veces, definió como parte de su quehacer misional fomentar en la entidad la formación de una cultura de autocontrol que contribuya al mejoramiento continúo en el cumplimiento de la misión institucional.
Excelente campaña.
Reply →excelente campaña, la verdad que la auto critica reflejada en una aptitud y generación de la cultura del auto control, preservan la dignidad de las instituciones.
Reply →Que buen trabajo de la Oficina de Control Interno.
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